Registro de plagas
La Resolución N° 25/90 crea el registro de empresas de control de plagas. Para habilitar un establecimiento de este tipo, se deben seguir los pasos a continuación:
> Análisis de factibilidad de habilitación (obligatorio)
Debe solicitarse la “Pre-inspección” del establecimiento mediante una nota (ver modelo) y un croquis sencillo en el que estén plasmadas, de forma esquemática, las dependencias que posee el establecimiento o bien las que serán construidas. Ambos documentos deber ser enviados a bromatonqn@gmail.com y el Depto. de Fiscalización se contactará para coordinar la visita.
Nota modelo “Solicitud de Pre-inspección del establecimiento de control de plagas”
> Inscripción/Reinscripción de establecimiento
Una vez que desde la Dirección de Bromatología se comunique que está en condiciones, deberá iniciar el trámite de Inscripción/reinscripción del establecimiento para lo que se debe enviar a bromatonqn@gmail.com la siguiente documentación:
- Nota de solicitud de inscripción/reinscripción firmada por el titular/representante legal/apoderado
- Formulario de inscripción/reinscripción completo y firmado por el titular/representante legal/apoderado y el Director/a Técnico/a
- Documentación que se detalla en el punto 3 del formulario de inscripción o punto 4 del formulario de reinscripción